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SCJN ordena juzgar desapariciones de defensoras con perspectiva de género

El pleno de la Suprema Corte estableció que los casos de desaparición de mujeres defensoras deben juzgarse bajo un enfoque interseccional obligatorio.

Redacción El Nacional Hoy
Foto: forbes.com.mx

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución histórica al determinar que los procesos judiciales relacionados con la desaparición de mujeres defensoras de derechos humanos deben ser analizados bajo una estricta perspectiva de género e interseccionalidad. Esta decisión, tomada este martes 21 de julio de 2026, establece que el juzgamiento con enfoque diferenciado no es una facultad discrecional de los jueces, sino una obligación procesal ineludible para garantizar el acceso a la justicia.

La Corte subrayó que las autoridades judiciales deben considerar las condiciones de vulnerabilidad específicas que enfrentan las mujeres que realizan labores de defensa en México. Al integrar la interseccionalidad, los juzgadores están obligados a evaluar cómo factores como el género, la actividad de defensa de derechos y las condiciones sociales de la víctima interactúan para aumentar el riesgo y la violencia ejercida en su contra, factores que históricamente han sido ignorados en los expedientes.

Esta determinación busca cerrar las brechas de impunidad que han caracterizado las investigaciones de desaparición en el país, donde las autoridades suelen omitir el contexto de la labor social de las víctimas. Con este criterio, la SCJN marca un precedente que deberá ser aplicado por todos los tribunales federales y locales al momento de evaluar los hechos, las pruebas y los posibles móviles de las agresiones contra quienes defienden derechos humanos.

La resolución también mandata que las investigaciones no deben limitarse a los hechos aislados, sino que deben contemplar el impacto del entorno social y la violencia sistemática que enfrentan las mujeres en diversas regiones de México. De esta manera, el Poder Judicial busca fortalecer la debida diligencia en los procesos penales, asegurando que las sentencias reflejen la realidad de los riesgos que asumen las defensoras en el ejercicio de su labor ciudadana.

Finalmente, se espera que este cambio en la jurisprudencia impacte directamente en la forma en que las fiscalías estatales y la Fiscalía General de la República (FGR) integran las carpetas de investigación desde su origen. La Corte enfatizó que el cumplimiento de esta medida es fundamental para la reparación integral del daño y la búsqueda de la verdad, procesos que han sido una demanda constante de las familias y colectivos en el país.

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